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viernes, 28 de diciembre de 2012

TASAS JUDICIALES.EL PODER JUDICIAL CREE QUE EL T.C "MATIZARÁ" LA SUBIDA DE TASAS.

Uno de los elementos que ha soliviantado al mundo de la justicia en contra el Gobierno ha sido la fuerte subida de las tasas judiciales que los ciudadanos deben abonar para acceder al servicio público. Un salto de tal nivel que el decano del Colegio de Abogados de Valencia, Mariano Durán, lo calificó hace poco como el “mayor ataque del poder político a nuestro sistema de valores constitucional”. En un tono mucho más moderado, la portavoz del Consejo General del Poder Judicial, Gabriela Bravo, y el vicepresidente del organismo, Fernando de Rosa, expresaron ayer dudas en ese mismo sentido.
De Rosa, que fue consejero de Justicia durante la etapa del expresidente Francisco Camps, recordó que el Tribunal Constitucional ya ha avalado en ocasiones anteriores la existencia de tasas judiciales. Pero agregó: “Queda la cuestión que planteó ya el Consejo \[General del Poder Judicial\] de algunas cuantías en las que efectivamente se puede pensar que pueden ser excesivas en algunos supuestos concretos, y yo creo que serán matizadas. Sobre ello tendrá que resolver el Tribunal Constitucional”. Bravo señaló que, en mayo, el consejo “ya constató cuáles eran los puntos que entendíamos que de alguna forma podían obstaculizar el derecho a la tutela judicial efectiva”. Y ahora, el Constitucional “tendrá que valorar si la desproporción de alguna de las tasas podría suponer una vulneración de ese derecho”, aunque es a dicho tribunal al que le corresponde “estudiarlo y valorarlo”, afirmó.
De Rosa y Bravo hicieron las declaraciones tras reunirse con el consejero de Gobernación y Justicia, Serafín Castellano, y con la presidenta del Tribunal Superior de Justicia valenciano, Pilar de la Oliva, con quienes trataron la puesta en marcha de un plan piloto de oficina judicial. Castellano señaló que se aprovecharán las experiencias que han tenido lugar en la Comunidad Valenciana y otros territorios, especialmente el País Vasco.
Castellano confió en la llegada de al menos 25 nueves jueces a la comunidad autónoma. Y anunció un convenio para “dar salida” a los vehículos incautados en procedimientos judiciales, cuyo mantenimiento representa un gasto para el Consell.

miércoles, 26 de diciembre de 2012

TASAS JUDICIALES. LOS JUZGADOS ARCHIVARÁN LAS DEMANDAS QUE EN 10 DIAS NO HAYAN PAGADO LAS TASAS JUDICIALES.

Jueces y secretarios promueven una reunión que unifique criterios en el caso de los recursos para evitar bloquearlos con los plazos que se están dando para exigir los tributos

Las primeras consecuencias de la entrada en vigor de la Ley de Tasas ya están asomando en los juzgados de Alicante. Desde esta semana, los juzgados están dando un plazo de diez días a abogados y procuradores que han acudido a presentar sus demandas sin liquidar las nuevas tasas judiciales. Se están encontrando con el aviso de los juzgados de Primera Instancia en los que se les comunica que si éstas no se abonan a los diez días se archivará la demanda.
Este es el criterio que están aplicando los juzgados y que responde a una continuidad de la ley anterior, que otorgaba un plazo de diez días para poder pagar los tributos. El aviso ha tenido que darse a numerosos procuradores, ya que solo durante el lunes, día de la entrada en vigor de la Ley, se presentaron unas 200 demandas en el partido judicial de Alicante, según ha podido saber este diario a través de fuentes judiciales. Y todas ellas sin liquidar las tasas. Por si acaso.
Sin embargo, el principal escollo en los juzgados está con los recursos, ya que no se puede aplicar el mismo plazo con ellos al tener éstos a su vez plazos de presentación. Funcionarios consultados ayer por este diario indicaron que están promoviendo una reunión para unificar criterios -ya que la ley no es clara en estas cuestiones- que impidan bloquear los plazos para presentar los recursos. "Si damos diez días podemos llegar a archivar los recursos antes de que concluya el periodo para presentarlo", señalaron ayer desde Primera Instancia. A falta de una directriz común, los juzgados aplicarán, en principio, un plazo para presentar las tasas que coincida con el tiempo que queda para poder presentar el recurso en tiempo y forma.

Sin embargo, parece que los ususarios de la Justicia no se la juegan en estos casos y ya son varios los recursos presentados en los juzgados de Alicante hasta ayer que han acreditado el pago de las tasas en tiempo y forma, ya que perder la posibilidad de recurrir por no pagar a tiempo los tributos judiciales supone dar por firme una sentencia anterior. Curiosamente, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha reclamado un informe sobre cuántas demandas y recursos se presentaron el pasado lunes en Alicante así como una semana antes, sin entrar a preguntar por si la Ley de Tasas está provocando incidencias o problemas por la falta de criterios comunes.
Por otro lado, el Colegio de Abogados de Alicante ha previsto para hoy una concentración contras las tasas judiciales en las puertas del Palacio de Justicia de Benalúa, a la que algunos jueces han anunciado que quizás se sumen.

LOS ABOGADOS DE ALICANTE SE REVELAN CONTRA LAS TASAS JUDICIALES Y PAGAN SOLO UN EURO

Algunos abogados de Alicante han iniciado su particular cruzada en contra de las tasas judiciales aprobadas por el ministro Alberto Ruiz Gallardón. Han comenzado a adjuntar a sus demandas y recursos el modelo de la Agencia Estatal Tributaria (AET) requerido, pero con un 1 en la casilla sobre la cuantía, tras haber consignado religiosamente un euro en la cuenta bancaria correspondiente.
Otros letrados han rellenado ese vacío con un rotundo 0, como explicó ayer el decano del Colegio de Abogados de Alicante (Icali), Fernando Candela, tras presidir la concentración que decenas de compañeros, funcionarios, jueces, fiscales y secretarios celebraron a las puertas del Palacio de Justicia de Benalúa contra las nuevas cargas y el resto de medidas adoptadas en este sector por el Gobierno.
«Esta es una respuesta de todos los operadores jurídicos contra el ministro Gallardón, que solo pretende recaudar y alejar la Justicia de los ciudadanos», aseguró a los medios Candela. «Algunos compañeros están presentando escritos con tasa 0 ó tasa 1 euros. Nosotros estamos defendiendo a los ciudadanos, que es a quienes afectan en realidad las tasas porque va a encarecer su acceso a la Justicia o directamente a impedirlo», agregó.
El decano dijo haber tenido ya conocimiento de algún caso que ilustra esas trabas: «Un compañero me contó que quería apelar una sentencia civil y no va a poder hacerlo porque el cliente no tiene derecho a la justicia gratuita pero tampoco dispone de los 800 euros de la tasa. El recurso tenía visos de prosperar. Es un ejemplo de las muchas situaciones que se van a dar en adelante».
Por ahora, la mayoría de abogados y procuradores están haciendo caso omiso a la ley de tasas judiciales en la provincia, según coinciden todas las fuentes de distintos colectivos profesionales consultados por este periódico. Esperan a que el secretario del juzgado al que van dirigido los escritos les requieran el pago. Si es que lo hacen, pues algunos de los secretarios ya han advertido que no piensan remitir dichos requerimientos.
Otros letrados, en cambio, han decidido plantear directamente la inconstitucionalidad de la normativa, lo que puede conllevar un efecto no deseado: la paralización total del procedimiento.
La protesta registrada ayer en Benalúa se convirtió en la más multitudinaria de cuantas se han convocado desde que Gallardón anunció sus polémicas medidas. Los abogados, algunos de ellos ataviados con togas, llevaban una pancarta donde se leía «Justicia para todos», en tanto que los funcionarios clamaban contra los recortes en el sector.
 

jueves, 20 de diciembre de 2012

TASAS JUDICIALES.SANCIONES PARA LOS JUECES QUE NO APLIQUEN LA LEY DE TASAS.

El CGPJ anuncia sanciones para jueces como el de Benidorm que no cobren tasas

El presidente del Poder Judicial, Gonzalo Moliner, destaca que los magistrados tienen la obligación de cumplir las leyes y confía en que todos la acaben aplicando

 
El juez del Juzgado de lo Social número 1 de Benidorm, Carlos Vegas.
El juez del Juzgado de lo Social número 1 de Benidorm, Carlos Vegas
 El Consejo General del Poder Judicial sancionará a los jueces que se nieguen a cobrar las nuevas tasas judiciales implantadas por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón. Así lo advirtió ayer el presidente de esta institución, Gonzalo Moliner, durante un acto en el que fue preguntado sobre la postura del juez de lo Social número 1 de Benidorm, Carlos Vegas, quien, como avanzó la pasada semana este diario, ha sido el primer magistrado en anunciar que no cobrará estas tasas en su juzgado, al considerar que contravienen el Derecho de la Unión Europea y son "desproporcionadas y abusivas" para el ciudadano.
Frente a la postura del juez de Benidorm, el presidente del CGPJ afirmó ayer que no aplicar la nueva ley de tasas judiciales será "probablemente" motivo de sanción ya que "las leyes se tienen que aplicar". Moliner, no obstante, manifestó que no cree que los jueces lleguen hasta este punto. "Si lo hacen, probablemente, pero yo creo que no lo harán, es una cosa que dicen, pero del dicho al hecho puede haber un gran trecho", señaló en declaraciones a los periodistas en el Senado antes de participar en el acto de entrega de unos galardones que otorga la Asociación de Juristas Gallegos de Madrid.
La postura del magistrado de lo Social de Benidorm sobre la no aplicación de esta norma, que adelantó la pasada semana este diario, ha revolucionado el panorama judicial en los últimos días. Muchas habían sido las voces del mundo del Derecho que, tras la aprobación de la nueva Ley de Tasas Judiciales, se habían posicionado en contra de las mismas, aunque nadie hasta la fecha había anunciado públicamente que no exigiría el pago de las mismas para interponer un recurso. El primero en llegar a tal extremo fue Carlos Vegas, quien desde su Juzgado de lo Social consideró la pasada semana tener potestad para no hacerlo, amparándose para ello en la doctrina de la Unión Europea, y se mostró contrario a esta normativa tal y como se ha aplicado.

En una entrevista concedida al diario Información, Vegas manifestó que la legislación española en material Social "trabaja con la normativa de la UE constantemente, por lo que si entendemos que nuestra normativa interna está impidiendo ese acceso a la Justicia, podemos inaplicarla, porque prevalece el Derecho de la Unión Europea", tal y como recogen varias sentencias de la UE, que dan primacía del derecho de la Unión sobre la legislación interna de cada país.
La posición de este magistrado fue respaldada la pasada semana por abogados y sindicatos, aunque no por los principales órganos de representación de los jueces, principalmente por la forma de proceder de Vegas. Aunque, en general, los profesionales de la Justicia creen que las tarifas establecidas son demasiado elevadas, igual que los consumidores. Estos últimos, a través del Consejo de Consumidores y Usuarios remitieron ayer un escrito al fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, contra dicha ley.

TASAS JUDICIALES. 10 PREGUNTAS Y SUS RESPUESTAS.



— ¿En qué jurisdicciones hay que pagar?
Las tasas afectan a tres de los cinco órdenes jurisdiccionales. En concreto, a la jurisdicción Civil, a la Social (o Laboral) y a la Contencioso-Administrativa. Quedan exentas la Penal (que representa cerca de un 70 por ciento de los asuntos que ingresan en los Tribunales) y la Militar.

— ¿Dentro de las jurisdicciones afectadas hay procedimientos exentos de tasas judiciales?
Sí.
No habrá que pagar en:
  • la interposición de la demanda y presentación de ulteriores recursos en relación con los procesos de capacidad, filiación y menores, así como los matrimoniales que versen exclusivamente sobre la guarda y custodia de hijos menores o sobre alimentos reclamados por un progenitor contra el otro en nombre de los hijos menores.
  • la interposición de la demanda y posteriores recursos cuando se trate de procedimientos establecidos para la protección de los derechos fundamentales y libertades públicas, así como contra la actuación de la Administración electoral
  • la solicitud de concurso voluntario por el deudor
  • la interposición de recurso contencioso-administrativo por funcionarios públicos en defensa de sus derechos estatutarios
  • la presentación de petición inicial del procedimiento monitorio y la demanda de juicio verbal en reclamación de cantidad cuando la cuantía de las mismas no supere 2.000 euros.
  • la interposición de recursos contencioso-administrativos cuando se recurra en casos desilencio administrativo negativo o inactividad de la Administración.
— ¿Tengo que pagar desde el inicio del procedimiento?
Depende de los casos. En líneas generales en la jurisdicción Civil y en la Contencioso-Admnistrativa se paga desde el principio, es decir, desde que se interpone el escrito de demanda, se formula del escrito de reconvención, se solicita la declaración del concurso o se interpone el recurso contencioso-administrativo, por poner algunos ejemplos. Se abonan también los recursos de apelación y casación en ambas jurisdicciones.
En el orden Social es diferente: solo se abona la tasa cuando se interpone el recurso de suplicación o de casación. En este caso, el trabajador o autónomo tendrá que pagar solo un 40 por ciento de la tasa.

— ¿Cuál es la cuantía de las tasas?
Se componen de una cantidad fija y otra variable.
La fija oscila entre los 100 euros que cuesta un procedimiento monitorio (una reclamación a un vecino moroso) a los 1.200 de un recurso de casación ante la Sala de lo Civil o de lo Contencioso del Tribunal Supremo. La variable supone entre un 0,25 y un 0,5 por ciento de la cuantía procesal (el interés económico del pleito).

—¿Quién tiene que pagar?
Por primera vez se extienden las tasas a las personas físicas, es decir, a todos los ciudadanos que no sean beneficiarios de la asistencia jurídica gratuita porque ganan más de 1.100 euros por unidad familiar. No obstante, la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita va a ser modificada en las próximas semanas, con lo que podría haber cambios tanto cuantitativos como cualitativos. Está exento de pago:
  • el Ministerio Fiscal,
  • la Administración General del Estado, las de las Comunidades Autónomas, las entidades locales y organismos públicos dependientes de todas ellas,
  • las Cortes Generales y las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas.
— ¿Las tasas se devuelven si la justicia me da la razón?
La tasa ya fue incluida en costas por Ley 37/2011, de 10 de octubre, de Medidas de Agilización Procesal y aunque en algunos casos la tasa es recuperable vía costas, en muchos otros casos no lo es. No lo es, por ejemplo, en actuaciones procesales en las que la propia ley no prevé condena en costas; y por tanto, al no haber condena en costas, la tasa por definición no se puede repercutir legalmente. Es el caso de las apelaciones civiles y los recursos de casación, cuando son ganados por el recurrente. O en Derecho de Familia, en el que la condena en costas es infrecuente. Tampoco parece fácil la devolución de la tasa cuando la parte contraria es el Ministerio Fiscal, que no puede ser condenado en costas.
Eso sí, se efectuará una devolución del 60 por ciento del importe de la cuota de la tasa cuando se alcance una solución extrajudicial del litigio .

— ¿Es la primera vez que se imponen tasas judiciales?
No para las personas jurídicas, pero sí para las físicas. El artículo 35 de la Ley 53/2002 de 30 de diciembre de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, creó la tasa en los órdenes Civil y Contencioso-Administrativo. El precedente inmediatamente anterior a las tasas judiciales de 2002 fueron las impuestas en 1958, que fueron suprimidas por la ley 25/1986 de 24 de diciembre.

— ¿Por qué hay tantas reticencias a la imposición de tasas en la Justicia?
En líneas generales, porque los partidos de la oposición, sindicatos, asociaciones de consumidores y, sobre todo, los colectivos que desempeñan su trabajo en esta Administración consideran que las tasas suponen una barrera al acceso a la Justicia y vulneran el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva. En el caso de abogados y procuradores, la imposición de tasas recae directamente sobre su trabajo, pues a estas cantidades se suman sus honorarios, por lo que temen perder clientela.

— ¿Se ha pronunciado el TC sobre la constitucionalidad de las tasas?
Sí, lo ha hecho en varias ocasiones, siempre en relación con las de 2002, que, como se ha dicho, no afectaban a las personas físicas. Una de sus últimas resoluciones es del pasado 16 de febrero. En ella, las considera constitucionales siempre y cuando «no sean tan excesivas que, a la luz de las circunstancias propias de cada caso, impidan satisfacer el contenido esencial del derecho de acceso efectivo a la justicia». El PSOE ya ha anunciado que presentará un recurso de inconstitucionalidad sobre las recién aprobadas.

— ¿Dónde va el dinero de las tasas?
Una de las prioridades del Ministerio de Justicia es que con ellas se sufrague la justicia gratuita. El titular de este departamento, Alberto Ruiz-Gallardón, prevé recaudar con el nuevo sistema de tasas 306 millones de euros, una mínima parte del coste total de la Justicia, que fuentes del Ministerio cifran en 4.000 millones

Estado de un Juzgado colapsado por los procedimientos.
Se prevé que con la aplicación de las tasas judiciales bajará el volumen de entrada de asuntos en el Juzgado.

TASAS JUDICIALES. ENTRADA EN VIGOR DESDE EL 17 DE DICIEMBRE DE 2012


Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 696 de autoliquidación, y el modelo 695 de solicitud de devolución por solución extrajudicial del litigio y por acumulación de procesos, de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social y se determinan el lugar, forma, plazos y los procedimientos de presentación.

http://www.boe.es/boe/dias/2012/12/15/pdfs/BOE-A-2012-15141.pdf


http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Modelos_formularios/modelo_696.shtml

Sólo serán de aplicación a los asuntos que se presenten a partir de 17 de Diciembre de 2012.



Hoy día 20 de Diciembre de 2012 en el Juzgado de Alicante ha tenido lugar a las 12:00 horas la manifestación de profesionales, tanto abogados como procuradores, contra la aplicación de las tasas judiciales.


lunes, 10 de diciembre de 2012

RUIZ-GALLARDON: "TODAS LAS VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GENERO Y MALTRATO INFANTIL SERAN BENEFICIARIAS DE JUSTICIA GRATUITA"

Los delitos cometidos contra ellas corresponden a la vía penal, a la que pertenecen el 72% de los asuntos que ingresan anualmente en los Juzgados. La Ley de Tasas no prevé el pago de ninguna tasa en la vía penal y cuenta con varias exenciones en los procesos civiles: los procesos de capacidad, filiación y menores, así como los de guarda y custodia de hijos menores o sobre alimentos. Sí hay previstas tasas para los divorcios y separaciones, que se resuelven en la vía civil.

Sin embargo, el Anteproyecto de Justicia Gratuita, en el que trabaja el Ministerio de Justicia para llevar en las próximas semanas al Consejo de Ministros, incluye a las víctimas de violencia de género y de maltrato infantil -así como a todos los colectivos contemplados en la Directiva 2012/29 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los derechos, el apoyo y la protección de víctimas de delitos- entre los beneficiarios de la Justicia gratuita, lo que las exime también del pago de tasas a la hora de divorciarse o separarse de su pareja.

El objetivo es que "ninguna mujer deje de recurrir al amparo de la Justicia, ni se abstenga de interponer una demanda de divorcio que la saque de la pesadilla de los malos tratos", ha afirmado el ministro.
En respuesta a una pregunta del Grupo Parlamentario Socialista, al que ha acusado de "confundir reacción social con reacción corporativa", Ruiz-Gallardón ha explicado que "la Ley de Tasas está al servicio de los ciudadanos", porque el importe recaudado con ellas servirá para financiar el servicio de justicia gratuita, que en 2011 atendió a más de dos millones de personas.
El número de beneficiarios se verá ahora incrementado, al elevarse el umbral salarial que da derecho a esta garantía de 2 veces el salario mínimo interprofesional a 2,5 veces el IPREM (indicador de renta de efectos múltiples). Es decir, de 14.910 euros a 15.970 euros

En su turno de réplica, el ministro ha advertido al PSOE del riesgo de "la utilización partidista de hechos que no son ciertos" cuando lo que está en juego es la seguridad de muchas mujeres y ha acusado al Grupo Socialista de tener menos "ambición social" que la propia sociedad española, al limitarse a exigir que las víctimas de violencia de género queden exentas de las tasas, cuando incluso serán beneficiarias de la justicia gratuita cuando entre en vigor la ley.