Con relación a la publicación de la Orden HAP/490/2013 de 27 de marzo por la que se establecen los nuevos modelos de tasa Judicial 696 y 695 hay que tener en cuenta lo siguiente:
Desde el día 1 de abril de 2013 comienza el plazo de quince días hábiles establecido en la disposición final séptima del Real Decreto-Ley 3/2013, de 22 de febrero (BOE 23/02/2013) por el que se modifica el régimen de las tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y el sistema de asistencia jurídica gratuita, para autoliquidar las tasas devengadas entre el 24 de febrero de 2013 y el 1 de abril de 2013 correspondientes a:
- Las personas físicas, y
- Todos los sujetos pasivos en los casos de presentación de los recursos contencioso-administrativos que tengan por objeto la impugnación de resoluciones sancionadoras.
El plazo fina el 24 de Abril.
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